Si tienes una empresa o simplemente te gustaría estrenar coche cada pocos años, tienes la posibilidad de hacerlo mediante un contrato de renting. Pagando una cuota por mes por un tiempo acordado podrás renovar, al finalizar el contrato, tu vehículo por uno nuevo.
1. ¿Qué características tiene un contrato de renting para vehículos?
2. ¿Qué puede incluir el contrato?
3. ¿Qué no incluye el contrato?
4. ¿Qué se necesita para contratar el renting?
5. ¿Cuál es la duración del renting?
6. ¿Qué sucede al finalizar el contrato?
El contrato de renting para vehículos es un alquiler de larga duración en el cual, un arrendador da en alquiler un vehículo a un particular, autónomo o empresa a cambio del pago de una cuota mensual fija, por un plazo de tiempo y kilometraje determinados y por los servicios que el usuario desea en el vehículo.
La característica principal del renting es que el propietario del vehículo es el arrendador. Al finalizar el contrato de arrendamiento, el arrendatario podrá cancelar el contrato o bien renovar el renting por un nuevo vehículo.
Aunque no todos los contratos tienen exactamente las mismas condiciones ya que están sujetas a la necesidad del usuario, hay algunas cláusulas que son las más comunes a encontrar en un renting como:
Además de la cláusulas antes mencionadas, el renting puede incluir otros servicios y coberturas como:
Pero hay otras cosas que no se incluyen en un renting:
La compañía financiera con la que se suscriba el renting requerirá una serie de documentación para formalizar el contrato, dependiendo de si el arrendatario es un particular, un autónomo o una empresa.
En el caso de arrendatarios particulares, la documentación que solicitará la empresa que otorga el renting será:
Cuando el arrendatario es un autónomo:
En el caso de que el arrendatario sea una empresa, la documentación a aportar será:
Para autónomos y empresas este tipo de arrendamiento financiero tiene ventajas fiscales.
El renting es un contrato a largo plazo que puede rondar entre los 12 a los 60 meses, con un máximo de kilometrajes por año dispuesto por la empresa arrendadora, generalmente unos 15.000km/año. Si los kilómetros anuales estipulados son superados, el usuario deberá abonar una penalización.
El contrato de renting no se puede cancelar. En casos de fuerza mayor, la sociedad del renting podría autorizar la cancelación, teniendo el arrendatario que abonar una penalización con motivo de la cancelación anticipada.
En caso de siniestro total o robo durante la vigencia del contrato, la compañía de seguro del vehículo abonará a la empresa del renting la indemnización y dará por finalizado el contrato.
Al acercarse la fecha de finalización del contrato, la compañía del renting enviará una comunicación para indicar las pautas para la devolución del vehículo.
Pero el usuario puede optar por:
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