Todos conocemos las restricciones de circulación en el extranjero de los coches de alquiler, pero, en general, se desconoce la situación de los renting convencionales o renting flexible.
¿Puedes circular en el extranjero con un vehículo de renting?
¿Cuáles son los requisitos para viajar al extranjero con un coche en renting?
¿Y si el vehículo se avería estando en el extranjero?
Sí, un vehículo de Renting puede circular en el extranjero, al igual que puede hacerlo un vehículo en propiedad o un vehículo en leasing, bien sea un renting convencional o un renting flexible. Que el titular del vehículo sea tu compañía financiera no imposibilita tus viajes al extranjero, ni tampoco te protege de reclamaciones o denuncias.
Es normal que, si eres un profesional que circula con frecuencia en el extranjero y estás pensando en contratar un vehículo en modalidad de renting, tengas dudas sobre las implicaciones que tiene. Y si eres un particular y lo haces de forma esporádica, tu falta de experiencia hará que te plantees la misma pregunta.
A diferencia de los coches de rent a car, los requisitos son similares a los que se exigen si circularas con tu coche en propiedad, a excepción de un documento adicional que debe librarte la empresa propietaria del vehículo.
Disponer de permiso de conducción (carnet de conducir) en vigor. Si vas a salir de la Unión Europea, será necesario que obtengas el permiso de conducción internacional. Es un mero trámite administrativo que podrás realizar en la Dirección General de Tráfico más cercana y que te será válido por un año.
Placa de matrícula con el distintivo nacional o, en caso de ausencia de este, esa pegatina blanca ovalada con el acrónimo del país de origen del vehículo.
Documentación original del vehículo: permiso de circulación, ficha técnica, ITV y recibo del seguro.
Autorización de la empresa financiera con la que has contratado el renting del vehículo en los que figurarán los conductores autorizados.
Carta verde, que dota de cobertura internacional a tu seguro y que, en ocasiones, se incluye por las compañías de seguros al emitir la póliza. Si no estás seguro de que esta esté incluida en tu seguro habitual, contacta con tu corredor de seguros o la aseguradora quién te aclarará este punto.
Otra diferencia será el periodo de estancia máximo, según los términos y condiciones de tu contrato de renting y de tu seguro. En general son tres meses.
En general, las compañías arrendadoras suelen hacerse cargo de los gastos de reparación, habitualmente adelantados por el arrendatario y reintegrados por la compañía posteriormente. Cada una de ellas tendrá un procedimiento establecido para dar aviso e indicarle los pasos a seguir. Consulta en tu contrato las cláusulas que hacen referencia para estos casos.
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